EE. UU. pisa el acelerador regulatorio
El Tesoro abre consulta pública para la histórica Ley GENIUS de stablecoins
“Ser la capital mundial cripto”: Scott Bessent abre a debate la letra pequeña de la Ley #GENIUS
El Departamento del Tesoro publicó un Aviso de Propuesta de Reglamentación para implementar la Sección 3 de la Ley GENIUS (promulgada en julio de 2025). La industria y el público tendrán 60 días para enviar comentarios a partir de su publicación en el Registro Federal.
Exigencia de licencias (Enero de 2027): A partir del 18 de enero de 2027, ninguna entidad podrá emitir #stablecoins de pago en Estados Unidos sin poseer una licencia federal o estatal autorizada.
Restricciones a tokens extranjeros: Los proveedores de activos digitales no podrán ofrecer o vender stablecoins emitidas fuera de EE. UU., a menos que el emisor internacional acate las órdenes judiciales estadounidenses y mantenga acuerdos de reciprocidad.
Bloqueo a emisores no autorizados (Julio de 2028): Para el 18 de julio de 2028, los proveedores tendrán estrictamente prohibido vender u ofrecer stablecoins a residentes estadounidenses si no proceden de emisores regulados.
Clarificación del alcance normativo: El proceso actual busca definir jurídicamente los parámetros exactos de cuándo se considera que un token ha sido "emitido" en EE. UU. o cuándo se está "ofreciendo" a un ciudadano estadounidense.
Visión estratégica del Gobierno: El Secretario del Tesoro, Scott Bessent, subrayó que estas reglas buscan proporcionar la certeza legal necesaria para fomentar la innovación, proteger el estatus del dólar como moneda de reserva global y consolidar a EE. UU. como el epicentro mundial del ecosistema cripto.
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El Departamento del Tesoro publicó un Aviso de Propuesta de Reglamentación para implementar la Sección 3 de la Ley GENIUS (promulgada en julio de 2025). La industria y el público tendrán 60 días para enviar comentarios a partir de su publicación en el Registro Federal.
Exigencia de licencias (Enero de 2027): A partir del 18 de enero de 2027, ninguna entidad podrá emitir #stablecoins de pago en Estados Unidos sin poseer una licencia federal o estatal autorizada.
Restricciones a tokens extranjeros: Los proveedores de activos digitales no podrán ofrecer o vender stablecoins emitidas fuera de EE. UU., a menos que el emisor internacional acate las órdenes judiciales estadounidenses y mantenga acuerdos de reciprocidad.
Bloqueo a emisores no autorizados (Julio de 2028): Para el 18 de julio de 2028, los proveedores tendrán estrictamente prohibido vender u ofrecer stablecoins a residentes estadounidenses si no proceden de emisores regulados.
Clarificación del alcance normativo: El proceso actual busca definir jurídicamente los parámetros exactos de cuándo se considera que un token ha sido "emitido" en EE. UU. o cuándo se está "ofreciendo" a un ciudadano estadounidense.
Visión estratégica del Gobierno: El Secretario del Tesoro, Scott Bessent, subrayó que estas reglas buscan proporcionar la certeza legal necesaria para fomentar la innovación, proteger el estatus del dólar como moneda de reserva global y consolidar a EE. UU. como el epicentro mundial del ecosistema cripto.
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