El lunes concluyó el plazo para presentar comentarios sobre las normas de la ley estadounidense de monedas estables. Lo más interesante no es quién expresó su apoyo, sino en qué palabras se está fijando el sector: una frase poco clara podría hacer que se considere que los exchanges, las billeteras e incluso los creadores de mercado «participan en una emisión ilegal».

Primero, los antecedentes.

La GENIUS Act se promulgó el año pasado y se prevé que entre en vigor en enero de 2027. En agosto, el Departamento del Tesoro publicó en el Registro Federal las normas propuestas para la Sección 3 (número TREAS-DO-2026-0496), que regulan quién puede emitir, ofrecer y vender monedas estables de pago en Estados Unidos. El plazo para presentar comentarios venció el 19 de octubre y, según datos del portal regulatorio citados por The Block, se recibieron 123 comentarios.

Blockchain Association (Asociación Blockchain) presentó una carta de 26 páginas el último día del plazo. En líneas generales, respalda al Departamento del Tesoro: las stablecoins deben ser seguras y confiables, y estar emitidas por empresas reguladas y con reservas suficientes. Pero pide que se tracen claramente algunos límites:

1)Quién cuenta como «proveedor de servicios de activos digitales» (DASP). La Asociación sostiene que el Congreso redactó esta definición para abarcar a las empresas que prestan servicios a clientes; las infraestructuras como el software de monederos de autocustodia y los validadores ya están excluidas. Tampoco deberían quedar incluidas las empresas que operan con sus propios activos.

2)Cómo determinar si alguien «participa a sabiendas». Este punto podría implicar responsabilidad penal. La Asociación sostiene que debe haber conocimiento efectivo y, además, asistencia sustancial coordinada con el emisor para que se considere participación; las operaciones ordinarias en el mercado secundario no cuentan.

3)La diligencia debida respecto de los emisores extranjeros. La Asociación se opone a exigir a los proveedores de servicios una «diligencia debida abierta» sobre los emisores extranjeros de stablecoins, porque muchas plataformas no tienen ninguna relación directa con ellos. En su lugar, propone que se permita confiar en las listas públicas de entidades prohibidas de los organismos reguladores.

4)Cómo determinar si una contraparte está en Estados Unidos. El borrador propuesto utiliza el criterio de «creencia razonable», pero la Asociación pide que se sustituya por uno basado en el conocimiento efectivo y la información obtenida en el curso normal de las operaciones. En esencia, dijo: en un entorno sin permisos, quizá solo interactúes con la dirección de un monedero y no sepas nada más.

Mis conclusiones:

1)Esto es la opinión del sector, no el resultado final. El Departamento del Tesoro decidirá cómo queda redactada la norma definitiva.

2)Los puntos realmente importantes son el 2 y el 3. Uno determina «quién podría afrontar responsabilidad penal» y el otro, «si las plataformas pueden listar sin más stablecoins extranjeras». Si la norma definitiva mantiene el amplio alcance del borrador, aumentarán considerablemente los costos de cumplimiento para las plataformas estadounidenses que listen stablecoins emitidas en el extranjero.

3)Es demasiado pronto para concluir cómo afectará concretamente a monedas principales como $USDC y $USDT; habrá que esperar a la norma definitiva.

Fuentes: carta de comentarios de Blockchain Association del 19 de octubre y su sitio web; artículo de The Block del 20 de octubre; página del borrador de la norma del Departamento del Tesoro en el Registro Federal. Esto no constituye asesoramiento de inversión.

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